Tema: Estudio de títulos

Sucesión ab-intestato, herederos en el extranjero, edictos y título inobservable

Boletín digital de jurisprudencia. El título de propiedad emanado del proceso sucesorio es inobservable aunque existan herederos en el extranjero, ya que la citación edictal es autosuficiente. (CNCiv. Sala A, 17/07/26, «Medina, Mario César s/ sucesión ab-intestato»).

La botella y el vino. Metáfora del hecho auténtico y el autenticado

Doctrina. Diferencia entre contenido y continente, hecho autenticado y hecho auténtico. Caso real: estafa, sustitución de persona. Nulidades del acto y del instrumento, mala fe. Extinción de mandato en Uruguay. Litisconsorcio. Responsabilidad del escribano.

Una propuesta interpretativa del justo título y la buena fe del adquirente de inmuebles

Considerar el estudio de títulos como diligencia esencial para la buena fe del adquirente es un error. La buena fe es un estado de certeza íntimo de quien contrata, no una opinión profesional del escribano. El CCCN no ha modificado la presunción de buena fe. Su redacción es una reafirmación de la función legitimante del escribano, perfectamente cumplida con la constatación de matricidad.