Rama: Societario y Personas Jurídicas en Gral

Plazo de las sociedades comerciales. Comentario a la Resolución general 1/22 de la IGJ

Comentarios a normativa. Con la RG 1/22, la IGJ legisla sobre el plazo de las sociedades comerciales, estableciendo que no podrá exceder de treinta años. Más allá de que pueda considerarse largo o corto, el plazo es sin dudas arbitrario. Al modificar uno de los requisitos de fondo del acto constitutivo, establecido en la Ley de Sociedades, la IGJ se excede en sus facultades.

Intervención del sujeto individual en la reorganización de empresas

Doctrina. Es posible realizar una reorganización con la intervención de un empresario individual. Así lo permite la normativa tributaria. Y la LGS no lo prohíbe. La transferencia por reorganización y la de fondo de comercio son distintas instituciones. El título traslativo de reestructuración o de reorganización es un título legítimo.

Unipersonalidad sobreviniente. ¿Es exigible la subsanación de la sociedad?

Doctrina. A las SRL y SC que devienen unipersonales se les aplica la sección IV LGS. Subsanación del elemento tipificante: cesión participación social, transformación en SAU. Trámites registrales.

Las entidades organizativas internacionales: los organismos internacionales y su diferencia con los actores globales

Internacional. Origen, evolución, características y ámbitos de actuación de las organizaciones internacionales. Estructuras de constitución y funcionamiento. Diferencias con las empresas transnacionales y multinacionales y las ONG. Subjetividad internacional. Replanteamiento a futuro.