Doctrina. El pacto del art. 1010, herramienta útil para la planificación patrimonial vinculada a la empresa familiar. Tiene carácter contractual y puede incluir en su objeto, además de la unidad productiva y las participaciones sociales, otros bienes, incluso de los legitimarios-beneficiarios a los efectos de la compensación entre los futuros herederos. Experiencias internacionales.
autor: CESARETTI - Oscar Daniel
Apuntes sobre la donación de acciones. Breve reflexión
La donación de acciones nominativas no endosables no está sujeta a la acción reipersecutoria del artículo 2458 del CCCN, ya que las acciones revisten el carácter de títulos valores y, en consecuencia, no son bienes registrables.
Los contratos asociativos en la unificación
Regulación de los contratos asociativos en el Código Civil y Comercial (negocio en participación, agrupación de colaboración, uniones transitorias, consorcios de cooperación)
Imagen: Joe the goat farmer. Creative Commons
El pacto sucesorio y la empresa familiar en la unificación
La reforma mantiene la prohibición del pacto de herencia futura, pero, cuando en el haber sucesorio existe una unidad productiva o participaciones sociales, permite la suscripción de un pacto sucesorio, contractual e irrevocable. Salvo acuerdo, no instituye herederos y no transfiere el dominio a los beneficiarios, pero les concede el derecho a la hacienda o participaciones sociales respecto de los restantes coherederos. No reviste carácter autónomo y debería estar inserto en un protocolo de la empresa familiar.
Imagen: Jim G. Jacuzzi Family Vineyards & Winery. Licencia Creative Commons
La representación societaria y la apariencia jurídica. Los directores electos en asambleas irregularmente celebradas
Por María Cesaretti (información sobre la autora) y Oscar Daniel Cesaretti (información sobre el autor) [1] 1. Introducción En la Revista del Notariado nº 913 se publicó el comentario […]