Etiqueta: Código Civil y Comercial 2014

Anticresis

Doctrina. Análisis sistemático de la anticresis en el CCyC. Se examinan temas controvertidos: derecho de retención del acreedor, garantía de créditos indeterminados, plazo de duración y de caducidad de la inscripción, anticresis sucesivas, posibilidad de gravar una parte material de la cosa, acciones; entre otras cuestiones.

Volver del futuro. El problema del otorgante

Doctrina. ¿Otorgante, compareciente, firmante, parte? Crítica a la redacción del Código Civil y Comercial por ausencia de vocabulario técnico preciso y por terminología ambigua. Se analiza la identificación de representantes y representados, datos razonables e irrazonables. Escritura y contrato. Continente y contenido. Ciento cincuenta años después de Vélez Sarsfield, el código unificado reproduce una ley perimida. Vuelta al siglo XIX.

El adulto mayor en la sociedad y en el derecho (parte II)

Doctrina. Situación de los adultos mayores y el tratamiento de que son objeto por la ley vigente. Comparación con la normativa del Código Civil derogado y otras legislaciones. Vicisitudes frente a la defensa y el respeto de sus derechos y de su autonomía. Situación de vulnerabilidad. Ejercicio de la función notarial frente al envejecimiento de la población. (Segunda parte).

Cuestiones prácticas del régimen de vivienda especial

Doctrina. Análisis del régimen especial de protección de la vivienda. Foco en cuestiones controvertidas y vacíos legislativos sobre el objeto y los sujetos del instituto. Efectos de la regulación actual respecto del bien de familia y el alcance de la protección con los acreedores anteriores y posteriores al 1 de agosto de 2015. Especial énfasis en la subrogación real, los beneficios y los conflictos que surgen de una regulación incompleta como la necesidad de reserva, la falta de plazo cierto, mayor valor de la vivienda adquirida, entre otros.

Intervención del sujeto individual en la reorganización de empresas

Doctrina. Es posible realizar una reorganización con la intervención de un empresario individual. Así lo permite la normativa tributaria. Y la LGS no lo prohíbe. La transferencia por reorganización y la de fondo de comercio son distintas instituciones. El título traslativo de reestructuración o de reorganización es un título legítimo.