Etiqueta: Régimen patrimonial del matrimonio

Compensación económica y liquidación de la comunidad

Boletín digital de jurisprudencia. La existencia de bienes gananciales no excluye la fijación de la compensación económica, por ser institutos distintos. La alzada revocó el fallo que la había supeditado al resultado de la liquidación de la comunidad. (CNCiv. Sala A, 22/06/26, «Poza, María Silvina c/Hidalgo, Fernando Osvaldo s/fijación de compensación económica – arts. 441 y 442 CCCN «).

Régimen de separación de bienes. Una opción aún poco conocida

Autonomía de la voluntad: opción por el régimen de separación. Prolongada disputa acerca de su conveniencia. Ventajas y desventajas. Formas de realizar la opción. Escritura pública o vía administrativa. Asesoramiento profesional. Contratos entre cónyuges. Régimen de administración.

Posibilidad de optar por el régimen de separación de bienes en el Código Civil y Comercial: A) por declaración en el acta de matrimonio; B) por convención matrimonial previa o posterior al matrimonio

Los cónyuges que eligen el régimen de separación podrán contratar libremente entre ellos, administrar y disponer de los bienes que cada uno adquiera. Los futuros cónyuges pueden formular su opción por el régimen de división por simple declaración en el acto del matrimonio o por previa escritura de convención. Después de un año, podrán modificarlo, pero solo por escritura pública.

Cuestiones sobre la calificación de bienes en el régimen patrimonial del matrimonio

Tanto en la relación de los cónyuges entre sí como respecto a la relación entre cada uno y los terceros, y responde a la pregunta acerca de a qué patrimonio deberán incorporarse los bienes que ingresan. Innovaciones respecto del cuerpo normativo anterior.

Consideraciones respecto del derecho real de habitación del conviviente supérstite y su registración

Recepción del instituto desde el ámbito de lo notarial y registral. Se plasman posturas doctrinarias vigentes, en virtud de las cuales se tiendan nuevas posibilidades interpretativas, así como la necesidad de actualización legislativa local.