Etiqueta: Ley 26994

La inscripción de la declaratoria de herederos, del testamento y la partición. Su justa medida

La partición privada notarial no exige más que declaratoria de herederos o aprobación del testamento y voluntad unánime de los herederos mayores y capaces. La protección de los derechos de los letrados quedarán garantizados por la participación del escribano público en la partición privada notarial.

La causa, los considerandos y la fuerza vinculante del contrato

La existencia de causa es esencial para que el acto subsista. La falta de causa podrá dar lugar a la nulidad, adecuación o extinción del contrato. Así, en el CCCN la causa fin es un elemento esencial y, como tal, debe existir al tiempo de la negociación, celebración y durante toda la ejecución del contrato. Pero la causa-motivo requiere exteriorización en los considerandos contractuales.

Enajenación de bienes inmuebles por institutos de vida consagrada y sociedades de vida apostólica (IVC y SVA)

Régimen dispositivo inmobiliario de congregaciones religiosas, consideradas personas jurídicas de derecho público. La normativa canónica que las regula es derecho vigente y debe ser conocida por el operador jurídico.

La persistente presencia de los procedimientos sucesorios notariales en el nuevo Código Civil y Comercial y su proyección al futuro

El único obstáculo para la intervención de los escribanos en los trámites sucesorios son las normas registrales (art. 2337 CCCN). Nada más necesita el notariado para recuperar incumbencias abandonadas.

Cuestiones sobre la calificación de bienes en el régimen patrimonial del matrimonio

Tanto en la relación de los cónyuges entre sí como respecto a la relación entre cada uno y los terceros, y responde a la pregunta acerca de a qué patrimonio deberán incorporarse los bienes que ingresan. Innovaciones respecto del cuerpo normativo anterior.