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La reforma de la Ley 27587. Donaciones a legitimarios. La protección de la buena fe del subadquirente a título oneroso

Doctrina. Estudio de los cambios introducidos por la Ley 27587. Límites al efecto reipersecutorio de la acción de reducción. Donaciones inoficiosas y observables. Aplicación desde el 25 de diciembre de 2020. Eficacia temporal.

Límites de los efectos reipersecutorios de la acción de reducción en relación a las donaciones de inmuebles

La acción de reducción solo tiene efectos reipersecutorios si: bien registrable, valor de cuota supera mitad del valor de lo donado, y posesión de la cosa por inferior a diez años. Necesario cuestionamiento de la observabilidad de donaciones a legitimarios y su esencial diferencia con la donación a quienes no lo son.

Donaciones. Un temor irreverente

Como juristas asesores y garantes de seguridad jurídica, no podemos aceptar interpretaciones contrarias a la norma que afectan el derecho constitucional de propiedad y el de decidir y actuar en el marco de lo no prohibido. Donaciones, reducción, colación, dominio revocable.

Acerca de la interpretación del artículo 247 del Código Civil y Comercial

Se brinda respuesta a algunos interrogantes que surgen del art. 247 CCCN, vinculándola con otros preceptos del mismo código, sus fundamentos y antecedentes. En la donación a los hijos de la nuda propiedad del inmueble ya sometido al RV es viable aunque ninguno de los hijos “permanezca en él”.

¿Prescripción adquisitiva, caducidad o plazo resolutorio?

El CCCN (art. 2459) pretende terminar el problema de las donaciones inoficiosas, con una dudosa calificación del efecto saneatorio. Parece contradictorio, optando por una defensa a ultranza de la legítima y pretendiendo poner fin a un conflicto que enfrentaría judicialmente a poseedores donatarios o subadquirentes por 10 años vs. legitimarios afectados en legítima.