Comentario a “Fau” (CNCiv. Sala F, 25/8/2015). Aplicación temporaria de las leyes. Art. 765 CCCN. Supletorio y renunciable. A las contrataciones en moneda extranjera en ejecución celebradas antes del 1/8/2015 les son aplicables las normas del CCIV abrogado. Texto completo del fallo.
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El poder al servicio del derecho de autoprotección
El poder preventivo es la mejor herramienta para asegurar el ejercicio del derecho de autoprotección. No es necesario exponer intimidades o circunstancias personales que el poderdante prefiera mantener en reserva. La clara diferenciación que el Código Civil y Comercial establece en cuanto a representación y mandato admite sin dudas su implementación.
Obligaciones en moneda extranjera y el Código unificado
Síntesis de las exposiciones vertidas por Alterini, Benseñor, Diehl Moreno y Paolantonio en la mesa redonda sobre obligaciones en moneda extranjera y el Código Civil y Comercial que se llevó a cabo el 9 de septiembre de 2015 en la sede del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires.
Sobrevuelo notarial del Código Civil y Comercial. Escrituras y actas. Artículos 299 a 312
Análisis del tratamiento de las escrituras públicas y las actas en el Código Civil y Comercial. Hincapié en las modificaciones introducidas y su valoración. Requisitos. Protocolo. Obligaciones funcionales. Único acto. Idioma. Abreviaturas y números. Contenido. Otorgante con discapacidad auditiva. Identidad de los comparecientes. Etc.
Los eslabones perdidos de la capacidad
Lectura armónica de los preceptos establecidos en los artículos 39, 44, 45 y 46 del Código Civil y Comercial que resulte acorde con los fundamentos de dicho cuerpo legal y que permita conciliar la seguridad jurídica con el respeto a los derechos personalísimos.
Imagen: Perspective lines. Monik Markus. Creative Commons
Personas jurídicas. Novedades introducidas por el Código Civil y Comercial de la Nación
Novedades introducidas por el Código Civil y Comercial en relación con la constitución, el funcionamiento, la disolución y la liquidación de las personas jurídicas en general y, en especial, sobre fundaciones, asociaciones, asociaciones civiles bajo forma de sociedad y el consorcio de copropietarios.
Imagen: Domino. diego_ar. Creative Commons