Boletín digital de jurisprudencia. «Banco de Galicia y Buenos Aires SAU c/ Macias, Laura Élida y otro». Confirma el embargo de un inmueble cuya deuda preexistía a la inscripción registral de la afectación. Encomienda al juez, al ordenar el el remate, tomar las medidas que concilien adecuadamente los derechos del acreedor con el de la demandada (jubilada), para resguardar el deber de prevención del daño.
Rama: Registral
Bien de familia. Inoponibilidad por error registral
Boletín digital de jurisprudencia. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, Sala A. 30/10/2025. “Silos Areneros Buenos Aires SAC c/ Milone, Rosa y otro s/ ejecutivo”.
Jurisdicción voluntaria. Hacia una reintegración de la función notarial
Doctrina. Las materias de “jurisdicción voluntaria” son propias de la función notarial. Resulta cuestionable imponer la intervención de órganos jurisdiccionales en cuestiones que no entrañan conflictos intersubjetivos de intereses.
Usufructo entre condóminos
Doctrina. Se analiza la Instrucción de Trabajo 3/23 del RPI de Capital Federal, que establece que rechazará la constitución recíproca del derecho real de usufructo entre condóminos de una parte indivisa. Esta instrucción excede la función calificadora del registrador.
Compra de inmueble para terceras personas. ¿Estipulación a favor de terceros, oferta de donación o gestión de negocios? (I)
Dictamen. Naturaleza jurídica de la cláusula de compra de inmuebles para terceras personas, la cual podrá enmarcarse como gestión de negocios, estipulación a favor de terceros o donación pendiente de aceptación. Inconveniente de la utilización de fórmulas genéricas de redacción como “compra para” o “compra para y con dinero de”. Se concluye que el caso traído a consulta se enmarca en la gestión de negocios.
Compra de inmueble para terceras personas. ¿Estipulación a favor de terceros, oferta de donación o gestión de negocios? (II)
Dictamen. Naturaleza jurídica de la cláusula de compra de inmuebles para terceras personas, la cual podrá enmarcarse como gestión de negocios, estipulación a favor de terceros o donación pendiente de aceptación. Inconveniente de la utilización de fórmulas genéricas de redacción como “compra para” o “compra para y con dinero de”. Se concluye por la necesidad del inicio del sucesorio.