Etiqueta: Acción de reducción

¿Prescripción adquisitiva, caducidad o plazo resolutorio?

El CCCN (art. 2459) pretende terminar el problema de las donaciones inoficiosas, con una dudosa calificación del efecto saneatorio. Parece contradictorio, optando por una defensa a ultranza de la legítima y pretendiendo poner fin a un conflicto que enfrentaría judicialmente a poseedores donatarios o subadquirentes por 10 años vs. legitimarios afectados en legítima.

Situación de las donaciones de inmuebles y ofertas de donación realizadas en vigencia del Código Civil ante la entrada en vigencia del Código Civil y Comercial Ley 26994

Las donaciones a herederos forzosos y a terceros son pasibles de una acción reipersecutoria mientras no hayan transcurrido los nuevos plazos de prescripción. Las donaciones de bienes inmuebles a herederos legitimarios realizadas en vigencia del Código Civil de Vélez Sársfield configuran derechos de propiedad adquiridos, invulnerables.
Imagen: photography is a drug. Rhino Neal. Creative Commons

Estudio de títulos de donaciones hechas a herederos forzosos en el Código Civil de Vélez y el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación

Cómo considerar en un estudio de títulos aquellos provenientes de donaciones hechas a herederos forzosos en el CCCN. Análisis de de posturas doctrinarias ya ensayadas con la vigencia del Código Civil. Posibles subsanaciones ante la observabilidad.
Imagen: Colegio de Escribanos.

Donación a herederos legitimarios. Aplicación del Código Civil y Comercial. Acción de reducción. Plazo

Donación efectuada a los hijos antes del 1/8/2015. Derecho de propiedad del donatario consolidado. Régimen perfecto. El régimen del CCCN no resulta de aplicación, ya que implicaría darle a la ley un efecto retroactivo que lesionaría el derecho de propiedad del donatario, de jerarquía constitucional. Plazo del ar­t. 2459 CCCN no consiste en un plazo de prescripción adquisitiva, sino una especie de inoponibilidad o restricción de ejercicio de la acción.
Imagen: Two generations. betyoucan’tpronounceitLujza. Creative Commons