Etiqueta: Sección IV de la LGS

Unipersonalidad sobreviniente. ¿Es exigible la subsanación de la sociedad?

Doctrina. A las SRL y SC que devienen unipersonales se les aplica la sección IV LGS. Subsanación del elemento tipificante: cesión participación social, transformación en SAU. Trámites registrales.

El asentimiento conyugal en la transformación de sociedades de personas. Otros supuestos

CCCN y asentimiento conyugal en transformaciones societarias. Nomas de la IGJ: No se justifica mantener el criterio del 170, tampoco el restrictivo enfoque del 184 o el 202. Necesidad de modificación urgente.

En torno a la unipersonalidad y las sociedades no constituidas según los tipos previstos y otros supuestos. Panorama actual

Se analizan las materias del título en el marco del CCCN y la Ley General de Sociedades. Sección 4ª, unipersonalidad, instrumento constitutivo, denominación, adquisición de bienes, disolución, liquidación, responsabilidades…

Adquisición de bienes registrables por parte de las sociedades comprendidas en la Sección IV de la Ley General de Sociedades

Deben acreditar su existencia y las facultades de su representante por escritura pública o en instrumento privado con firma certificada. El alcance de dicha disposición ha generado vicisitudes de orden práctico.