Etiqueta: Partición privada

Formas de la partición de las comunidades

Únicas formas de celebrar la partición: judicial y extrajudicial. Esta última deberá otorgarse por escritura pública cuando entre los bienes integrantes de la masa partible exista un inmueble. No es posible instrumento privado “presentado al juez de la sucesión”, pues en tal caso la partición no es judicial.

La inscripción de la declaratoria de herederos, del testamento y la partición. Su justa medida

La partición privada notarial no exige más que declaratoria de herederos o aprobación del testamento y voluntad unánime de los herederos mayores y capaces. La protección de los derechos de los letrados quedarán garantizados por la participación del escribano público en la partición privada notarial.

El título de adjudicación de inmueble por partición privada de la indivisión hereditaria y poscomunitaria

El título de adjudicación parcial de un inmueble a un solo comunero por partición privada total o parcial de la indivisión hereditaria o poscomunitaria es perfecto y no es observable en sí mismo. No requiere transcripción íntegra ni incorporación al protocolo. Integración. Vicios.

Simulación. Venta de padres a hijos. Código Civil

El acuerdo privado homologado judicialmente y celebrado por los herederos tiene defectos formales. Cuando el negocio requiere forma solemne y el instrumento que lo contiene no reúne los requisitos que la ley exige, el mismo no podrá surtir por sí mismo los efectos jurídicos que pretende. Su nulidad es de carácter absoluto. La única solución posible del caso –dentro del ámbito de la actuación notarial– es que se efectúe nuevamente el acto…

Estatuto de disciplinamiento y capitulaciones

Las convenciones matrimoniales (CM) en el CCCN. Escritura pública como instrumento adecuado para las CM. Uniones convivenciales. Matrimonio en el extranjero y CM en Argentina. Asentimiento conyugal y poder para asentir. Vivienda familiar. Pactos de convivencia. Indivisión poscomunitaria.