Etiqueta: Artículo 1170 CCCN

Oponibilidad del boleto de compraventa

Boletín digital de jurisprudencia. El comprador invocó un boleto de compraventa anterior al embargo, pero no logró acreditar el pago del 25%. La Cámara admitió una prueba amplia de la posesión, pero igual hizo prevalecer el embargo por incumplir ese requisito. (CNCiv. Sala H, 30/03/26, «Montero María Elena c/ Ranzatto Venier Nelly Liliana (sus herederos) y otros s/ tercería de mejor derecho»).

La preferencia del boleto de compraventa del artículo 1170 del Código Civil y Comercial de la Nación

El boleto y sus efectos específicos. Privilegio para el comprador promeso. La publicidad registral suficiente debe ser objeto de estricta aplicación y tratamiento. Solo cuando no sea posible entregar la posesión se podrá sustituir esta publicidad por la registral.