Etiqueta: Acción reipersecutoria

La reforma de la Ley 27587. Donaciones a legitimarios. La protección de la buena fe del subadquirente a título oneroso

Doctrina. Estudio de los cambios introducidos por la Ley 27587. Límites al efecto reipersecutorio de la acción de reducción. Donaciones inoficiosas y observables. Aplicación desde el 25 de diciembre de 2020. Eficacia temporal.

Límites de los efectos reipersecutorios de la acción de reducción en relación a las donaciones de inmuebles

La acción de reducción solo tiene efectos reipersecutorios si: bien registrable, valor de cuota supera mitad del valor de lo donado, y posesión de la cosa por inferior a diez años. Necesario cuestionamiento de la observabilidad de donaciones a legitimarios y su esencial diferencia con la donación a quienes no lo son.

Naturaleza del plazo para sanear una donación

Naturaleza del plazo para sanear donación en el CCCN. Se dejan fuera de la discusión las donaciones efectuadas a herederos forzosos durante la vigencia del CCIV, independientemente de cuándo se produzca el fallecimiento del donante, por lo que no resultan observables.

¿Prescripción adquisitiva, caducidad o plazo resolutorio?

El CCCN (art. 2459) pretende terminar el problema de las donaciones inoficiosas, con una dudosa calificación del efecto saneatorio. Parece contradictorio, optando por una defensa a ultranza de la legítima y pretendiendo poner fin a un conflicto que enfrentaría judicialmente a poseedores donatarios o subadquirentes por 10 años vs. legitimarios afectados en legítima.