
Jurisprudencia
El fallo confirmó la revocación de un usufructo gratuito constituido por una mujer a favor de su expareja por ingratitud (art. 1571, CCCN). La actora probó graves incumplimientos alimentarios y violencia económica. El demandado opuso la caducidad de la acción (art. 1573, CCCN), alegando que el plazo de un año venció al computarse desde su primer incumplimiento en 2013 –la demanda fue promovida en 2022–.
El tribunal rechazó la defensa, aplicando una estricta perspectiva de género. Resolvió que las conductas violentas y el desamparo económico fueron de carácter continuado, impidiendo que el plazo caduque con el primer hecho. Sostuvo que admitir la caducidad constituiría un abuso del derecho, violatorio de tratados internacionales de protección a la mujer.
Selección de Sofía Becerra Vázquez
Tribunal: Cámara Primera de Apelación en lo Civil y Comercial de La Plata Sala II.
Fecha: 02/06/2026.
Autos: «Medina, Andrea Silvana c/ Acheme, Miguel Ángel s/ usufructo-acciones derivadas 2020» (c. 285968).
Fallo completo: clic aquí para acceder (Fuente: Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires).
Revistas: (contenidos exclusivos de la web [s/n])
Sección: Jurisprudencia
año: 2026
Tema: Donaciones, Perspectiva de género, Usufructo
Ramas: Constitucional, Contratos, Familia, Inmobiliario y Reales