
Jurisprudencia
La sentencia declara la nulidad de diversos actos jurídicos, con fundamento en la carencia de discernimiento de su otorgante. Se pone de manifiesto que, aun cuando el mismo no había sido declarado insano al momento de los hechos cuestionados, la abundante prueba producida en autos dio cuenta de que el problema de salud mental resultaba absolutamente notorio al entrar en contacto con él y que no pudo pasar inadvertido ni para quienes contrataron con él ni para el escribano. Adicionalmente, la pericia contable practicada determinó que el precio de las operaciones no representaba el valor real de los bienes que fueron su objeto y que el adquirente no demostró capacidad económica suficiente para realizar la adquisición.
Selección de María José Fernández
Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala C.
Fecha: 27/02/2025.
Autos: “R., J. M. y otro c/ S., M. y otros s/ Nulidad de acto jurídico”.
Fallo completo: clic aquí para acceder (Fuente: Poder Judicial de la Nación).
Revistas: (contenidos exclusivos de la web [s/n])
Sección: Jurisprudencia
año: 2025
Tema: Capacidad, Circunvencion de incapaces, Defraudación, Discernimiento, Juicio de capacidad, Nulidad de acto jurídico, Nulidades, Salud mental
Ramas: Contratos, Notarial, Parte General