Autonomía de la voluntad: opción por el régimen de separación. Prolongada disputa acerca de su conveniencia. Ventajas y desventajas. Formas de realizar la opción. Escritura pública o vía administrativa. Asesoramiento profesional. Contratos entre cónyuges. Régimen de administración.
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Posibilidad de optar por el régimen de separación de bienes en el Código Civil y Comercial: A) por declaración en el acta de matrimonio; B) por convención matrimonial previa o posterior al matrimonio
Los cónyuges que eligen el régimen de separación podrán contratar libremente entre ellos, administrar y disponer de los bienes que cada uno adquiera. Los futuros cónyuges pueden formular su opción por el régimen de división por simple declaración en el acto del matrimonio o por previa escritura de convención. Después de un año, podrán modificarlo, pero solo por escritura pública.