Dictamen. Compraventa de UF y UC de un mismo edificio. El poder individualiza solo la UF. Calificación notarial. Naturaleza del negocio y objeto de la prestación. Obligación del mandatario, objeto del apoderamiento y extensión de la obligación de dar.
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Representación convencional y orgánica
Actos, negocios y operaciones utilizan la representación para su concertación. Se distinguen la representación voluntaria y la orgánica. Aspectos más relevantes. Alcances de cada instituto.
Poder especial irrevocable para donar y vender. Revocabilidad y validez post mortem
No es viable la utilización del poder, pero hay justo título y posesión, por lo que ha cesado la observabilidad relativa a la falta de legitimación del transmitente.
Algunas omisiones en el Código Civil y Comercial
Los autores del CCCN han incurrido en varias omisiones que, por desconocer fundados aportes de la dogmática nacional, constituyen cuestionables retrocesos y, en algunos casos, hasta lamentables contradicciones o graves errores.
El poder al servicio del derecho de autoprotección
El poder preventivo es la mejor herramienta para asegurar el ejercicio del derecho de autoprotección. No es necesario exponer intimidades o circunstancias personales que el poderdante prefiera mantener en reserva. La clara diferenciación que el Código Civil y Comercial establece en cuanto a representación y mandato admite sin dudas su implementación.
Poder. Error. Interpretación de los contratos. Buena fe. Justo título
Dictamen aprobado en forma unánime por los miembros de la Comisión de Consultas Jurídicas del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires.