Nulidades instrumentales. La fecha enunciada en la escritura goza de plena fe. No se ha contemplado como causal de nulidad la falta de orden cronológico; por ende, su ausencia no invalida la escritura. Para que así lo sea, en razón de la fecha expresada, debe ser declarada falsa en juicio civil o criminal.
Etiqueta: orden cronológico
Sobrevuelo notarial del Código Civil y Comercial. Escrituras y actas. Artículos 299 a 312
Análisis del tratamiento de las escrituras públicas y las actas en el Código Civil y Comercial. Hincapié en las modificaciones introducidas y su valoración. Requisitos. Protocolo. Obligaciones funcionales. Único acto. Idioma. Abreviaturas y números. Contenido. Otorgante con discapacidad auditiva. Identidad de los comparecientes. Etc.