Etiqueta: Muerte del donante

Oferta de donación conjunta o solidaria. Una solución jurídica, práctica y eficaz para las ofertas de donación (art. 1547 del Código Civil y Comercial)

La donación conjunta o solidaria permite que la aceptación de un solo donatario ocasione la pérdida total del dominio para el donante. Los restantes donatarios podrán, en consecuencia, aceptar la donación aun después de la muerte del donante. Una solución jurídica, práctica y eficaz.

Naturaleza del plazo para sanear una donación

Naturaleza del plazo para sanear donación en el CCCN. Se dejan fuera de la discusión las donaciones efectuadas a herederos forzosos durante la vigencia del CCIV, independientemente de cuándo se produzca el fallecimiento del donante, por lo que no resultan observables.