Seccion: Doctrina

El título de adjudicación de inmueble por partición privada de la indivisión hereditaria y poscomunitaria

El título de adjudicación parcial de un inmueble a un solo comunero por partición privada total o parcial de la indivisión hereditaria o poscomunitaria es perfecto y no es observable en sí mismo. No requiere transcripción íntegra ni incorporación al protocolo. Integración. Vicios.

Acerca de la interpretación del artículo 247 del Código Civil y Comercial

Se brinda respuesta a algunos interrogantes que surgen del art. 247 CCCN, vinculándola con otros preceptos del mismo código, sus fundamentos y antecedentes. En la donación a los hijos de la nuda propiedad del inmueble ya sometido al RV es viable aunque ninguno de los hijos “permanezca en él”.

En torno a la unipersonalidad y las sociedades no constituidas según los tipos previstos y otros supuestos. Panorama actual

Se analizan las materias del título en el marco del CCCN y la Ley General de Sociedades. Sección 4ª, unipersonalidad, instrumento constitutivo, denominación, adquisición de bienes, disolución, liquidación, responsabilidades…