El CCCN dispone opciones para celebrar fideicomisos: instrumento público o instrumento privado. Pero existe una 3ª, cuando se refiere a bienes inmuebles: instrumento privado que se transcribe en escritura pública solo a requerimiento del fiduciario administrador. Implica la no exigencia legal de la escritura firmada por todos los contratantes y, por ello, que no toda documentación posterior en el fideicomiso deba ser celebrada de esa forma.
Revista: 925 (jul - sep 2016)
Editorial Nº 925
El valor de la práctica profesional previa al ejercicio profesional. La obligación de mantener los conocimientos. La capacitación permanente…
Partición de herencia. Implicancias de la Disposición técnico-registral 7/2016 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal
Se analiza la DTR 7/2016, que, además de receptar un nuevo criterio en materia registral, tiene implicancias extra que plantean la necesidad de la partición para poner fin al estado de indivisión hereditaria o poscomunitaria. Ni la inscripción de la DH ni la del testamento implican adjudicación de un inmueble en condominio sino simplemente publicidad de la comunidad.