Editorial │ N.º 942

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Estimados lectores:

Les acercamos en este número cuatro trabajos doctrinarios y un dictamen de la Comisión Asesora de Consultas Jurídicas, que han sido ya puestos a vuestra disposicíon en la web de la Revista.

Días antes de fallecer, Héctor B. Slemenson nos presentó un artículo acerca de los horoi griegos, estructuras de piedra que publicitaban la afectación del fundo en que se encontraban como garantía del cumplimiento de obligaciones dinerarias y contenían un breve detalle, grabado en el monolito, respecto del inmueble, el acreedor, el deudor y monto de la deuda. Esto constituye un interesante antecedente de la publicidad registral hipotecaria y, luego, inmobiliaria.

En La vivienda como instrumento de dominación generador de situaciones de vulnerabilidad, Patricia A. Lanzón aborda el tema de la vivienda como elemento de dominación en la dinámica familiar, sea en casos de relaciones de pareja o en el vínculo entre hijos y padres, especialmente cuando se trata de adultos mayores. Plantea que la presencia del Estado resulta fundamental para evitar situaciones de vulnerabilidad en estos casos, asistiendo a la persona afectada y proveyendo alternativas para su desenvolvimiento autónomo. Y pone el foco en que el régimen de protección del Código Civil y Comercial (arts. 244 a 256) atiende la situación de los propietarios, pero no protege a los poseedores o tenedores por cualquier título o incluso sin él.

Contamos también con la disertación brindada por Zulma A. Dodda en sesión de la Academia Nacional del Notariado Contratos celebrados en el extranjero para transferir derechos reales sobre bienes inmuebles en Argentina. Allí, analiza los requisitos para la inscripción de documentos otorgados en el extranjero a fin de transferir derechos reales sobre inmuebles en nuestro país, destacando que el Código Civil y Comercial dejó de lado el exequatur, el proceso judicial y la consecuente orden de protocolización, y solo se requiere instrumento público legalizado.

María Celeste Ghione nos acerca Servidumbres ambientales. Una herramienta del notariado para el compromiso ambiental, trabajo en el que destaca las posibidades de utilización de este derecho real como herramienta para la protección ambiental, tendiente a evitar el deterioro de los recursos naturales.

Finalmente, contamos con un dictamen de Mario G. Szmuch, aprobado por la Comisión Asesora de Consultas Jurídicas del Colegio, respecto de la forma del negocio jurídico de partición. En el particular, se trata del convenio partitivo de bienes gananciales y propios por liquidación de la comunidad. Se aborda el problema de determinar si las diversas prestaciones comprometidas en un mismo instrumento constituyen un negocio único o si nos encontramos ante una multiplicidad de negocios unidos por nexos que no excluyen el valor autónomo de cada uno. El autor concluye que, para ello, debe atenderse a la causa, entendida como la función económico-social que el negocio cumple, conforme a la intención común de las partes y al principio de la buena fe.

 

Diego Maximiliano MARTÍ

Revista del Notariado
Director

 

 

 

 

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