Doctrina. La usucapión puede operar sin necesidad de una declaración judicial, permitiendo la circulación de títulos, sin comprometer la seguridad jurídica.
Etiqueta: Ley 14159
Cesión de derechos litigiosos. Usucapión. Plazo de preclusión
No es observable el dominio inscripto a nombre de los cesionarios de derechos litigiosos emergentes de un proceso de usucapión si la cesión se instrumentó antes de que la sentencia recaída en autos hubiera pasado en autoridad de cosa juzgada formal y material.