Dictamen. Naturaleza jurídica de la cláusula de compra de inmuebles para terceras personas, la cual podrá enmarcarse como gestión de negocios, estipulación a favor de terceros o donación pendiente de aceptación. Inconveniente de la utilización de fórmulas genéricas de redacción como “compra para” o “compra para y con dinero de”. Se concluye que es posible que la voluntad del otorgante, en el caso, haya sido realizar una donación diferida.
Etiqueta: Artículo 369 CCCN
Compraventa judicial no es subasta, no corresponde su protocolización
Dictamen. Compraventa judicial. Subasta de inmueble. Liquidación en quiebra. Protocolización. Ineficacia de los actos jurídicos. Nulidades. Boleto.