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Conjuntos inmobiliarios preexistentes a la sanción del Código Civil y Comercial de la Nación

Los conjuntos inmobiliarios del Código Civil y Comercial de la Nación son un derecho real autónomo, aún cuando el texto legal reenvía a la propiedad horizontal. Los preexistentes al Código deben adecuarse bajo la tutela de este derecho real. Adecuación, voluntaria o solicitada judicialmente. La jurisprudencia de la Cámara Nacional Comercial difiere de la Cámara Nacional Civil en la interpretación y aplicación de la normativa relacionada con los conjuntos preexistentes que adoptaron una forma societaria.