Editorial N° 930

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Imagen: Simon Powell, CC-BY 2.0

 

El valor económico de la seguridad jurídica

Mirar hacia afuera es siempre una forma de perfeccionar lo que hacemos. Pero ello no significa que siempre nos encontremos con mejores sistemas o formas de hacer las cosas, ya que en no pocas oportunidades, y fundamentalmente en lo que a nuestra profesión se refiere, también nos hallaremos ante realidades que nos harán valorar lo propio. Así, nos encontramos con el “seguro de título”, sistema ampliamente instaurado, por ejemplo, en Estados Unidos, y comprensible dentro de dicho ámbito territorial, ya que en ese país no existe un notariado “profesional del derecho”, generador de seguridad y certeza jurídica, sino meros certificadores. Es que resulta fundamental tener en claro que no es lo mismo un sistema basado en el “seguro de título” que uno que gira en torno al “título seguro”. Se trata, en líneas generales, del ejercicio de la verdadera función del notariado de nuestro país (latino) a través de la elaboración del documento notarial: entre las múltiples actividades que desarrolla el notario, aconseja y asiste en la formación y exteriorización de la voluntad negocial, siendo el documento notarial una de las más significativas expresiones de la función del notario.

Sabido es que en los derechos positivos de los países integrantes del sistema legal continental romanista o romano-germánico, el hacedor del derecho positivo es el legislador, y el esqueleto del ordenamiento jurídico es la ley, pero la realidad demuestra que siempre llegan detrás de los cambios que se producen en una sociedad. Las situaciones que ofrece la cotidianeidad son captadas por el legislador y transformadas en derecho positivo en forma diferida respecto del tiempo en que se producen. Es indudable que la práctica notarial es un factor o elemento idóneo para el nacimiento, desarrollo y perfeccionamiento del derecho positivo, brindando soluciones que requieren de una rápida respuesta frente a situaciones trascendentes de la vida humana.

Resulta innegable que la actividad notarial reduce la litigiosidad. Además de su actividad pacificadora en la etapa precontractual, asesorando a las partes y mediando entre ellas, el quehacer de nuestra profesión también se exterioriza a través del documento notarial, portador de seguridad jurídica y de certeza, indispensables para la convivencia y el desarrollo social. La incertidumbre tiene un alto costo; al crear certeza, creamos valor. De este modo, el sistema notarial latino, lejos de encarecerlas, reduce notablemente el costo de las operaciones.

 

La seguridad y las nuevas tecnologías

La vinculación con las nuevas tecnologías no es ajena a la actividad notarial. Su relación con los registros públicos, su rol como agente de información impositivo así como su colaboración con otros entes estatales que delegan en el escribano numerosas facultades, y en general toda aquella información provista que es relevante para el Estado y que se obtiene del conjunto de datos recogidos de los documentos notariales, tienen un fuerte componente tecnológico, fundamentalmente en su modo de formalización. Simplificar los trámites y bajar significativamente los costos es parte del objetivo permanente de la comunidad notarial. La desburocratización del Estado debe darse de la mano del notariado. Y ello sumado a que el escribano es un agente de paz social, y participa de la solución de los conflictos de manera preventiva, descomprimiendo la actividad judicial. Somos un estratégico colaborador del Estado, como agentes de información y de retención, por supuesto, pero también como actores en la lucha contra el delito, como en el caso del lavado de dinero.

Nada nuevo decimos al elogiar nuestra función, hablando bien de nosotros mismos, es verdad. Pero también lo es que la institución notarial recibe habitualmente crí­ti­cas vinculadas con el encarecimiento de los servicios y las demoras. Pero ¿cuál es el cos­to de la inseguridad y la falta de certeza? ¿Cuál es la consecuencia, a nivel económico o en cualquier otro orden, de judicializar?

En el plano internacional, el notariado es una vía de comunicación e intercambio, gozando el documento notarial de reconocimiento y aceptación en el mundo entero.

En cuanto al crédito, indudablemente las posibilidades de financiación se ven significativamente favorecidas contando con la garantía de una propiedad inmueble. Sabemos que los derechos reales de garantía han sido precisamente los que han generado la necesidad de creación de los registros inmobiliarios, que se alimentan permanente y fundamentalmente de las registraciones de los documentos notariales. Un documento notarial, con todos los atributos que le son propios, y la información de un registro de la propiedad eficaz, completo y ágil forman una combinación que convierte una propiedad inmueble en una garantía formidable para el acceso al crédito. Vemos aquí la doble importancia que cobra el documento notarialmente producido como base segura para el fomento del crédito: por un lado, en cuanto título de propiedad que goza de certeza y, por el otro, como documento portante del derecho real de garantía.

Por supuesto, todo ello sin perjuicio de que la actividad del notariado latino es perfectible, y así lo demuestra su constante evolución y su búsqueda permanente de actualización científica en aras de su perfeccionamiento.

 

Diego M. Martí

 

 

 

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